Este es el formulario para reclamar la devolución del IRPF de tu prestación de maternidad o paternidad

Este es el formulario para reclamar la devolución del IRPF de tu prestación de maternidad o paternidad
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A partir de hoy pueden solicitar la devolución del IRPF todos los padres y madres que han disfrutado del permiso de maternidad o paternidad remunerado en 2014 y 2015.

Los que fueron padres en 2016 y 2017 podrán reclamarlo a partir de enero. Los que se hayan beneficiado de esta prestación en 2018, se regularizará en la campaña de la Renta de 2018.

Es posible realizar la solicitud online en la página web de la Agencia Tributaria (AEAT), o presentado el formulario en cualquiera de sus oficinas.

Modelo de reclamación: GZ283

Formulario Maternidad 2014 2015

Hacienda ya ha facilitado el formulario que se tendrá que rellenar para el trámite, solo hábil para los padres de los nacidos entre 2014 y 2015.

¿Dónde lo encuentro?

El modelo GZ283 podrás encontrarlo en la sede electrónica de la página de la AEAT, en la Declaración de 2014 de IRPF, entrando en la rectificación de autoliquidaciones de Gestión Tributaria. Aparece como: Prestación maternidad/paternidad. Presentación solicitud rectificación IRPF

Puedes descargar el formulario aquí (clickeando en la flecha ubicada a la derecha en la parte inferior del documento) :

Formulario GZ283 Devolución IRPF Maternidad/Paternidad by Lola on Scribd

¿Cómo cumplimentarlo?

Mujer con papeles al ordenador

Según explica la AEAT:

El formulario puede presentarse a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria utilizando el sistema RENØ (número de referencia para servicios de renta), Cl@vePIN o Certificado electrónico.

El número de referencia (RENØ) puede solicitarse en el portal de la AEAT en Internet indicando los siguientes datos:

  • Número de DNI y su fecha de validez.
  • Casilla 450 de la declaración de la renta de 2016 o los últimos cinco dígitos de alguna cuenta bancaria en la que el interesado figure como titular, si no presentó declaración de la renta de 2016.

Alternativamente, podrá utilizarse el formulario en papel para su presentación en cualquiera de las oficinas de registro de la AEAT, si bien no es válido el uso de este formulario para hacer constar datos no contemplados en el mismo, ya que no resulta posible el tratamiento informatizado de esos datos adicionales.

En ese supuesto deberá sustituirse el uso de este formulario por un escrito en el que se describan detalladamente las circunstancias concurrentes, acompañado, en su caso, de la correspondiente documentación.

Solo se necesita la fecha de nacimiento del bebé y el número de cuenta bancaria donde se desea que le ingresen la cuantía de la devolución. Si la Agencia Tributaria requiere más datos, se enviarán a los organismos correspondientes.

Tampoco es necesario adjuntar un certificado de la Seguridad Social que la acredite, ya que la AEAT ya ha solicitado estos datos a la Seguridad Social y dispone de ellos.

¿Quiénes podrán reclamar?

Hacienda ha estimado que la devolución media de esta prestación en torno a 1.600 euros para la maternidad y 383 de paternidad", y tendrán un gasto de "en torno a 1.200 millones de euros.

  • Solo podrán solicitarlo las mujeres y hombres que hayan disfrutado de su permiso en los años 2014, 2015, 2016 y 2017.

Los padres de los niños nacidos en 2014 y 2015 podrán hacerlo a partir de hoy. Los padres de los hijos nacidos en 2016 y 2017 tendrán que esperar al mes de enero para solicitar la devolución.

Si las rentas fueron percibidas en más de un año, se deberá solicitar la rectificación de la declaración de IRPF de cada año.

Además, la Agencia Tributaria explica que "tras el conocimiento de la sentencia del Tribunal Supremo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha dejado de practicar retenciones sobre las prestaciones abonadas".

Quienes tengan un sueldo anual inferior a 18.000 euros, apenas notarán el no tener que tributar por su prestación de maternidad. Es decir: según nos explicó José María Mollinedo, secretario general del sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda, Gestha, "a sueldo más bajo, menor retención de las empresas en sus nóminas y por tanto menor devolución o ninguna de IRPF”.

De hecho, el 83% de las madres trabajadoras perciben salarios inferiores a los 18.400 euros anuales. Explica el técnico, para que lo entendamos, que las empresas calculan las retenciones sobre los ingresos que realmente prevén pagar en esos ocho meses, por lo que esa cantidad se reduce hasta los 12.300 euros, una cuantía por la que no se suelen realizar retenciones, por tanto no hay devoluciones.

Las madres y padres que quieran solicitar cualquier ayuda o subvención de las administraciones públicas y cuya concesión dependa de la renta declarada, también tienen derecho a una rectificación de su declaración en el año que cobró la prestación, aunque esto no implique devolución monetaria.

Una menor renta puede ayudar, por ejemplo, en la asignación de plazas en colegios, becas escolares o de comedor, ayuda al alquiler o derecho de acceso a una vivienda protegida.

Fotos | iStock

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