Reconocen la prestación por maternidad a una pareja homosexual que tuvo a su hija por gestación subrogada

Reconocen la prestación por maternidad a una pareja homosexual que tuvo a su hija por gestación subrogada
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Muchas parejas de hombres que desean ser padres recurren a la gestación subrogada en otro país que permita esta práctica, puesto que en España no es legal. Es lo que hicieron en Estados Unidos Javier y Daniel, ante su deseo de ser padres.

Al regresar de San Francisco en 2015 tras el nacimiento de su bebé, la Seguridad Social negó al matrimonio la posibilidad de optar a las ayudas por maternidad por entender que en España está prohibida la maternidad subrogada. Pero el Tribunal Superior de Justicia de Canarias contradijo esta decisión y acaba de reconocerles el derecho a acceder a prestaciones a la maternidad.

Un derecho de los padres y de la hija

La magistrada explica en la sentencia que pueden distinguirse dos situaciones protegibles relacionadas con la llegada de un menor a la familia. Por un lado, la del parto (como causa de suspensión del contrato de trabajo, que sólo corresponde a la madre que físicamente ha gestado y ha dado a luz) y la situación sin parto de los progenitores que, "en el grado y condición que corresponda, también se ven afectados por esa nueva configuración familiar, pero desde otra perspectiva y relación con el sujeto que la motiva".

Aquí se daría el segundo supuesto. Aunque no hay una madre que ha dado a luz (sí la hay pero ha renunciado a sus derechos como madre) son dos hombres quienes ejercen la filiación conseguida mediante gestación por sustitución.

Cuando hay una situación de adopción o acogimiento familiar, se otorga a la madre la gestación por maternidad, pero ¿qué sucede cuando se trata de dos hombres que son padres por maternidad subrogada?

La juez estima que ambas modalidades reguladas (la adopción y el acogimiento) "son figuras protegidas y tributarias de la prestación de maternidad" y que aunque esta pareja no haya recurrido a ninguna de las dos, entiende que su situación es similar a la de quienes optan por ellas y que debe primar el "interés superior de la menor" y "respetar su derecho a disfrutar plenamente de su vida familiar y privada".

Aunque en España esté prohibida la maternidad subrogada, una pareja puede recurrir a un vientre de alquiler en el extranjero e inscribir al niño como su hijo en el Registro Civil. Y además, según esta resolución, la pareja homosexual tiene derecho a percibir la prestación por maternidad reconocida por la Seguridad Social.

Vía | El Diario
En Bebés y más | Los niños adoptados por parejas homosexuales se desarrollan con la misma normalidad que los de padres heterosexuales

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