Un juez alega "derechos del feto" para negar el divorcio al marido de una embarazada en Marruecos

Un juez alega "derechos del feto" para negar el divorcio al marido de una embarazada en Marruecos
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Cierto es que los derechos de las mujeres han avanzado y mucho y la posibilidad de ser madre soltera con todos los derechos o poder divorciarse son algunos de ellos y en la mayoría de los países.

Aunque en algunas ocasiones aún nos sorprenden decisiones y leyes totalmente retrógradas y que no somos capaces de comprender en España. Es el caso de la sentencia impuesta por un tribunal de Safi, en el norte de Marruecos, que ha negado el divorcio por motivos de embarazo, apelando a los "derechos futuros" del feto a "nacer bajo la protección de unos padres que viven bajo el mismo techo".

El juez ha aplazado la disolución del matrimonio hasta después del nacimiento del bebé. Una decisión insólita.

Solicitud de separación "inadmisible"

La solicitud de separación fue iniciada por el marido mientras su mujer estaba embarazada, pero el juez la calificó de "inadmisible" citando los derechos del "feto".

Según explica el portal de noticias marroquí Medias 24, el demandante solicita "un divorcio judicial por motivos de discordia". Su mujer estaba entonces en su quinto mes de embarazo. Tras un intento infructuoso de conciliación, el juez decidió no concederlo de inmediato.

Aunque admite que "la ley y la religión autorizan al marido a divorciarse de su mujer embarazada", el tribunal señaló que en este caso se trataba de invocar "el principio de la aplicación justa y no literal de la ley".

La negativa del tribunal al divorcio pretende "proteger los derechos futuros del feto, garantizando su nacimiento bajo la protección de unos padres que viven bajo el mismo techo".

La ley marroquí protege a la mujer embarazada

Embarazada

En su sentencia, el magistrado citó el artículo 70 de la Moudawana. Según este Código Marroquí de Estatuto Personal, que regula la vida privada de toda la población musulmana marroquí:

"La disolución del matrimonio sólo debe tener lugar en casos excepcionales y teniendo en cuenta la regla del mal menor, ya que dicha disolución conduce a la desestructuración de la familia y es perjudicial para los hijos".

En conclusión, el tribunal considera que "la interferencia entre el daño alegado por el cónyuge y el que podría afectar a la familia en su conjunto" hace que la solicitud de divorcio "siga siendo prematura". Esto significa que el cónyuge puede volver a intentarlo después del nacimiento del niño.

Una fuente judicial consultada por Medias24 señala que "esta sentencia tiene muchas posibilidades de ser anulada en caso de recurso", ya que la ley marroquí garantiza los derechos de la mujer y de los hijos en caso del divorcio.

Según explica, el tribunal "eludió el artículo 196 del código de familia":

"Establece que, en caso de divorcio irrevocable, la pensión alimenticia corresponde a la ex esposa embarazada hasta que dé a luz. Por lo tanto, existe una disposición clara que prevé la situación de divorcio de una mujer embarazada y le otorga derechos. Para un magistrado, no hay necesidad de jurisprudencia en presencia de un texto expreso".

En la práctica, "cuando el marido solicita el divorcio, el juez determina los derechos que le corresponden a la esposa, incluido el derecho a la vivienda y "el tribunal fijará, en proporción a los ingresos del marido, una pensión por el embarazo hasta el parto".

Vía | Medias24

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