Si tienes animales en casa, estas son tus nuevas obligaciones a partir de octubre con la nueva ley de bienestar animal

Si tienes animales en casa, estas son tus nuevas obligaciones a partir de octubre con la nueva ley de bienestar animal
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Seis meses después de su publicación oficial, el 29 de septiembre entrará en vigor la nueva Ley de Bienestar Animal, una normativa que nace para proteger los derechos de los animales de compañía y mejorar su calidad de vida.

Aunque la norma no está exenta de polémica por dejar fuera a los perros de caza y trabajo, en general se trata de una Ley que trae importantes cambios en las obligaciones que a partir de octubre tendrán que asumir los dueños de animales domésticos, especialmente de perros y gatos.

Es importante aclarar que aunque la Ley entra en vigor a partir del 29 de septiembre, tres de los preceptos que se contemplan están aún pendientes de desarrollar, por lo que por el momento no son obligatorios. Se trataría del seguro de responsabilidad civil, el curso de tenencia responsable y el listado positivo de animales.

ley de bienestar animal

Animales que pueden tenerse como mascotas. Además de perros, gatos y hurones como animales domésticos, la nueva Ley establece un "listado positivo" de los animales que pueden tenerse como mascotas, estando prohibida la tenencia de animales que no estén contemplados en esa lista.

Como decimos, aún no se ha publicado dicho listado, por lo que debemos esperar al desarrollo de este reglamento para saber qué animales estarán incluidos. Lo que sí se sabe es que el listado positivo de animales de compañía será abierto, de ámbito estatal y  dependerá del departamento ministerial competente. Incluirá tanto mamíferos y aves, como reptiles, anfibios, peces e invertebrados.

Si tienes un perro debes hacer un curso básico de conocimientos caninos. Con independencia de la experiencia que tengas en perros o incluso si ya llevas tiempo conviviendo con tu animal, la nueva Ley obliga a los propietarios de perros a hacer un curso básico y gratuito sobre educación y salud canina. La validez del curso será indefinida.

Sin embargo, por el momento no conocemos el contenido exacto del curso  ni la fecha en la que comenzará a ser obligatorio para los propietarios de perros.

Si tienes un perro tendrás que contratar un seguro de responsabilidad civil. Hasta ahora, solo los dueños de perros considerados peligrosos estaban obligados por ley a contar con un seguro de responsabilidad civil. Pero con la nueva normativa esta obligación se hace extensible a todos los dueños de perros, con independencia de su raza o tamaño. El seguro deberá mantenerse durante toda la vida del animal.

Artículo 30.3:

En el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, la persona  titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños  a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un  importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se  establecerá reglamentariamente

No obstante, y al igual que ocurre con el curso de formación canina, contratar un seguro de responsabilidad civil no será aplicable hasta que se produzca el desarrollo reglamentario de dicho precepto, tal y como podemos leer aquí.

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Obligación de contratar los servicios de un educador, cuando sea necesario. En el caso de que tu animal muestre comportamientos agresivos o problemas de convivencia, tendrás la obligación de buscar ayuda de un profesional. Este tipo de situaciones suelen darse habitualmente con los perros.

Artículo 24:

h) (es obligatorio) Recurrir a los servicios de un profesional veterinario, o veterinario acreditado en  comportamiento animal, siempre que la situación del animal lo requiera.

Prohibido llevar a tu animal suelto. Aunque la mayor parte de las ordenanzas municipales contemplan la prohibición de dejar a los animales sueltos en espacios públicos, en el artículo 25 de la nueva Ley podemos leer:

Queda totalmente prohibido dejar animales sueltos o en condiciones de causar daños en lugares públicos o privados de acceso público especialmente en los parques nacionales, cañadas donde  pastan rebaños o animales u otros espacios naturales protegidos donde puedan causar daños a las personas, al ganado o al medio natural.

Artículo 27:

d) Queda prohibido mantener a los animales deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento.
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Prohibido dejar a tu perro o gato solo en casa. Si tienes un perro no podrás dejarle en casa solo sin supervisión durante más de 24 horas. En el caso de otros animales domésticos, como los gatos, el plazo no puede ser superior a tres días.

Perros y gatos deberán convivir en el núcleo familiar. Queda prohibido tener a los animales solos en jardines, terrazas o patios. El artículo 26 obliga a los dueños a "mantenerlos integrados en el núcleo familiar, siempre que sea posible por su especie".

Los animales que, por razones incompatibles con su calidad de vida tamaño o características de su especie, no puedan convivir en el núcleo familiar, deberán disponer de un alojamiento adecuado, con habitáculos acordes a sus dimensiones y que los  protejan de las inclemencias del tiempo.

En cualquier caso, según leemos en el artículo 27:

e) Queda prohibido mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas,  trasteros, sótanos, patios y similares.

Si tienes un gato tendrás que ponerle microchip y esterilizarlo. Con el fin de evitar la reproducción incontrolada de los gatos, el artículo 25 de la Ley de Bienestar Animal te obliga a identificar a tu gato con un microchip y a esterilizarlo antes de los seis meses, salvo que seas un criador registrado en el Registro de Criadores de Animales de Compañía.

Los animales no se podrán comprar en tiendas o a particulares no registrados como criadores. Se acabó eso de exponer a los animales en los escaparates. Para garantizar su bienestar e impedir la cría incontrolada, los perros, gatos y hurones no se podrán comprar en las tiendas.

Si deseas adquirir un animal deberás hacerlo en un criadero inscrito en el Registro o adoptarlo en una protectora.

De igual modo, si eres dueño de una perra y deseas que tenga una camada, deberás inscribirte previamente como criador a través de la administración competente, o bien acudir a tu veterinario para apuntar a tu perro o gato como reproductor.

En general, podrás entrar con tu animal en el transporte público, restaurantes y otros espacios. Siempre que no constituya un riesgo, los transportes públicos deberán facilitar el acceso con animales de compañía. En el caso de los taxis, se dejará a criterio del conductor salvo circunstancias justificadas.

En líneas generales, también podrás acceder con tu mascota a los establecimientos públicos y privados, alojamientos hoteleros, restaurantes o bares/cafeterías, salvo que se indique expresamente la prohibición de entrar con animales. Por su parte, el acceso de los animales a espacios públicos naturales como parques, playas y otros espacios queda regulado por las ordenanzas municipales.

Otras obligaciones que debes cumplir para garantizar el bienestar de tu animal. Aunque cualquier propietario de un animal debería garantizar el bienestar de su mascota, por desgracia sabemos que no siempre ocurre así. En este sentido, la nueva Ley de Bienestar Animal contempla ciertas obligaciones que todos los dueños de animales deben cumplir:

Artículo 24.2:

a) Mantenerlos en unas condiciones de vida dignas, que garanticen su bienestar, derechos y desarrollo saludable.
b) Educar y manejar al animal con métodos que no provoquen sufrimiento o  maltrato al animal, ni le causen estados de ansiedad o miedo.
c) Ejercer sobre los animales la adecuada vigilancia y evitar su huida.
d) No dejarlos solos dentro de vehículos cerrados expuestos a condiciones  térmicas o de cualquier otra índole que puedan poner su vida en peligro.
e) Prestar al animal los cuidados sanitarios necesarios para garantizar su salud.

Artículo 27:

ñ) Se prohíbe el uso de cualquier herramienta de manejo que pueda causar  lesiones al animal, en particular collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo.

¿A qué sanciones me enfrento si no cumplo con la normativa?

Aunque si tienes un animal de compañía lo único que debería importarte siempre es su salud y bienestar, debes saber que no cumplir con alguno de los puntos de la normativa implica sanciones más o menos elevadas en función de la gravedad de los hechos.

Así por ejemplo, infracciones leves como llevar a tu perro suelto en un espacio público sin supervisión o dejarlo solo en casa más tiempo del permitido, supondrían una multa de entre 500 y 1.000 euros.

Las infracciones graves, que oscilan entre los 10.000 y los 50.000 euros, harían referencia a los comportamientos negligentes que ocasionen daños al animal, mientras que las muy graves (entre 50.000 a los 200.000 euros) se referirían a aquellos comportamientos malintencionados que provoquen muerte y sufrimiento.

Además de la sanción económica, las multas podrían tener otras consecuencias como por ejemplo, la intervención del animal, la obligación de realizar cursos de reeducación o trabajos en beneficio de la comunidad.

Foto de portada | Freepik

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