Cuándo se puede solicitar la baja por reglas dolorosas y cómo hacerlo

Tras su tramitación en el Senado, el pasado jueves quedó aprobada definitivamente la reforma de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo impulsada por el Ministerio de Igualdad.

Además de regular el aborto a partir de los 16 años, la ley contempla el derecho de las mujeres a solicitar una baja laboral por dolores menstruales incapacitantes

Te explicamos todo lo que debes saber sobre la baja por dolores menstruales, qué se considera dolor 'incapacitante' y cómo tramitar este permiso.

Baja laboral por regla dolorosa y baja por enfermedad común ¿en qué se diferencian?

La baja por reglas dolorosas es un derecho que reconoce la incapacidad temporal para trabajar derivada de cuadros médicos relacionados con reglas dolorosas. Esta baja tiene unas condiciones mejores a las de otros tipos de bajas por enfermedad común.

Para empezar, la trabajadora afectada podrá recibir la prestación desde el primer día de su baja, mientras que con una baja temporal el empleado empieza a cobrar a partir del cuarto día. Tampoco es necesario sumar un año cotizado para poder acogerse y cobrar esta baja, como sí ocurre con el resto de incapacidades temporales comunes.

Por otro lado, y a diferencia de lo que sucede con otras bajas laborales en donde es la empresa quien paga la baja del trabajador los primeros 15 días, en las bajas por regla dolorosa es la Seguridad Social quien asume el coste desde el primer día.

"En la situación especial de incapacidad temporal por menstruación incapacitante secundaria prevista en el párrafo segundo del artículo 169.1 a) el subsidio se abonará a cargo de la Seguridad Social desde el día de la baja en el trabajo"

¿Cuánto dura la baja por regla dolorosa?

La duración de la baja debe estimarla el médico según el grado de incapacidad en cada caso. Es decir, va a depender de cada mujer y del tipo de cuadro que presente, pudiendo llegar a durar entre tres y cinco días.

¿Cómo puedo solicitar la baja?

Si padeces dolores menstruales, debes acudir a tu médico de cabecera de la Seguridad Social para que elabore tu historial clínico y refleje en él qué tipo de dolor tienes, si es o no incapacitante para solicitar baja y en caso afirmativo, cuántos días de baja necesitarías.

Al tratarse de un dolor recurrente, este quedará registrado en tu historial clínico, facilitando el trámite de baja cada mes.

¿Qué son los dolores menstruales incapacitantes?

Según una encuesta sobre Menstruación y Entorno Laboral publicada por Intima, 6 de cada 10 mujeres experimentan con frecuencia dolor durante el ciclo menstrual, especialmente muscular y articular, migrañas, debilidad o fatiga.

Pero una cosa es hablar de molestias asociadas a la regla, y otra muy diferente son los dolores incapacitantes que impiden a la mujer seguir con su ritmo normal de vida, afectando también a su productividad laboral.

Generalmente, los dolores incapacitantes de regla están provocados por una patología previamente diagnosticada.

En la reforma de la Ley de salud sexual y reproductiva podemos leer lo siguiente:

"Se reconoce expresamente que tendrá la consideración de situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes aquella baja laboral en que pueda encontrarse la mujer en caso de menstruación incapacitante secundaria o dismenorrea secundaria asociada a patologías tales como endometriosis, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, adenomiosis, pólipos endometriales, ovarios poliquísticos, o dificultad en la salida de sangre menstrual de cualquier tipo, pudiendo implicar síntomas como dispareunia -relaciones sexuales dolorosas- , disuria -dolor o molestia al orinar- , infertilidad, o sangrados más abundantes de lo normal, entre otros"

De entre todas estas patologías, según los expertos la endometriosis es la principal causante de dismenorrea secundaria, y puede empezar a manifestarse incluso en la adolescencia, aunque en la mayoría de los casos el diagnóstico llega mucho más tarde, cuando la enfermedad ya ha alterado la calidad de vida de la mujer.

Una medida pionera en Europa

Fuera de España, el único país de Latinoamérica que contempla este tipo de permiso es México, mientras que en el continente asiático es un derecho laboral extendido en varios países como Japón, Corea del Norte o Taiwán. Por el contrario, en la Unión Europea esta iniciativa no está contemplada en la legislación de ningún país, si bien Italia lo planteó en 2017, aunque la medida no tuvo éxito.

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