El Síndic de Greuges de Catalunya confirma que los niños deberían poder ir acompañados a las pruebas médicas

Hace unos meses os ofrecimos en Bebés y más algunas entradas en las que valorábamos la idoneidad de acompañar a nuestros hijos a las pruebas médicas o, mejor dicho, comentábamos que los niños tienen derecho a estar acompañados en todo momento por uno de sus padres o un tutor legal.

Al explicároslo os comenté que mi mujer y yo habíamos tenido un problema en el centro de salud al que acudimos con nuestros hijos porque al ir a entrar (yo) con mi hijo Jon, que entonces tenía 4 años, a hacerle una analítica de sangre, nada más cruzar la puerta me dijeron que "el papá se esperará fuera". Me negué a ello, no por mí, sino principalmente por mi hijo, porque tiene derecho a que yo le acompañe y acabé recibiendo una negativa a pincharle.

En ese momento, tras comunicarles a las profesionales que estaban actuando en contra de los derechos del niño hospitalizado, interpuse una reclamación. Días después obtuve como respuesta que, a falta de protocolo pues no es el caso de un niño hospitalizado, impera el juicio de los profesionales que estén a cargo de la situación. No contento con dicha respuesta expuse el caso del Síndic de Greuges de Catalunya (el Defensor de las personas) y hace escasos días recibí por fin la resolución final del caso, confirmándose que los niños deben poder ir acompañados a las pruebas médicas por sus padres, aunque con algunos matices.

A falta de protocolo...

Los Derechos del Niño Hospitalizado se refieren a niños dentro de un ámbito hospitalario, en un ambiente de ingreso en el que pueden llegar a sufrir mucho por estar en un entorno desconocido con personas que, aunque tratan de hacer lo mejor por ellos pueden llegar a hacer mucho daño porque muchas pruebas y muchos procedimientos son invasivos.

En caso de que el niño no esté hospitalizado los derechos deberían seguir siendo válidos, pero entran en un terreno más resbaladizo en el que se amparan muchos profesionales, como si los niños, por no estar ingresados, no estuvieran sujetos a sufrimiento por la ausencia de sus padres.

El Departament de Salut de la Generalitat de Catalunya, ante un caso como el de mi hijo Jon, confirma que a falta de protocolo son los profesionales los que, caso por caso, deben decidir hasta que punto es conveniente o no el acompañamiento de un adulto a un menor ante una extracción de sangre.

Para ello deberían tener en cuenta la edad del menor, su estado, la actitud de los padres, los cambios de comportamiento que se producen cuando el familiar no está presente, etc. Según respondieron los responsables del centro, esto mismo es lo que se hizo en nuestro caso. Supongo que no hace falta decir que es mentira, porque el argumento que esgrimieron fue "es que aquí pinchamos a todos los niños sin sus padres". Según dicen lo han hecho así durante muchos años y nunca han tenido ningún problema. Bueno, hasta que se encontraron con Jon Bastida y su padre, que no quisieron separarse en el umbral de la puerta por una norma absurda y poco respetuosa para con los niños.

La Carta de derechos y deberes de los ciudadanos en relación a la salud y la atención sanitaria dice...

En el año 2002 el Departament de Sanitat i Seguritat Social publicó la Carta de derechos y deberes de los ciudadanos en relación a la salud y la atención sanitaria, que recoge el siguiente párrafo:

Se procurará facilitar la presencia de familiares, o personas vinculadas, cuando los pacientes así lo prefieran, excepto en los casos en que esta presencia sea incompatible o desaconsejable con la prestación del tratamiento [...] Estas consideraciones son especialmente importantes en el caso de los menores y de todos aquellos que tengan la autonomía disminuida: gente mayor, enfermos mentales, etc.

La Carta Europea de los Niños Hospitalizados, por su parte, dice que un niño tiene derecho:

A estar acompañado de sus padres o de la persona que los sustituya el mayor tiempo posible durante su peermanencia en el hospital, sin obstaculizar la aplicación de los tratamientos necesarios para el niño.

Digamos que en ambos casos no existe obligatoriedad, no es un derecho absoluto, sino que queda a criterio del profesional, que es el que decide si un familiar le puede entorpecer o no. Como aquel día las profesionales dicen que hicieron esto mismo (valorar el caso de manera independiente para tomar la decisión de no dejarme pasar) el Síndic de Greuges, el Defensor de las personas, ha decidido que no existe ninguna irregularidad.

Sin embargo, se caza antes a un mentiroso que a un cojo

Sin embargo, en los documentos que el centro debe haber enviado como pruebas, o en alguna comunicación, deben haber llegado a decir que es algo que hacen siempre, porque el Síndic de Greuges ha decidido comunicarle al Departament de Salut de la Generalitat que en dicho centro no se está facilitando el acompañamiento al menor, sino que se está limitando en todos los casos.

Según leo en la resolución, les dice lo siguiente:

Para corregir esta situación, les sugiero que den las órdenes oportunas para que el Centro revise la decisión de que los niños, de manera general, no pueden ser acompañados por un familiar en las extracciones de sangre, de manera que el criterio habitual sea facilitarlo y, sólo cuando haya razones de peso que justifiquen que la presencia puede ser incompatible o desaconsejable, no se autorice
.

Tras esto, el Departament de Salut de la Generalitat de Catalunya debería ponerse en contacto con el centro al que acudimos con nuestros hijos para comunicarle la postura del Defensor de las personas y obrar en consecuencia.

En conclusión

No nos han dado la razón, porque el centro comunica que en nuestro caso hicieron una valoración individual del caso y vieron oportuno no dejarme pasar. Sin embargo han visto que lo están haciendo con todos los padres (ergo conmigo también, sin valoración previa alguna) y les instan a que sigan los dictados de la Carta de derechos y deberes de los ciudadanos en relación a la salud y la atención sanitaria, que vienen a decir lo mismo que los Derechos del niño hospitalizado: deben favorecer la presencia de los padres acompañando al menor.

Esperemos que de aquí en adelante este centro actúe de ese modo. Si es así, esta noche dormiré sabiendo que he conseguido algo en beneficio de los niños (algo que en el centro en el que yo trabajo se ha hecho desde siempre). Si no es así, al menos lo habré intentado y tendré la conciencia muy tranquila.

Foto | Ateo En Bebés y más | Los derechos del niño hospitalizado, Cómo hacer frente a una enfermedad en la infancia

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