Todos los hijos de mujeres víctimas de violencia de género cobrarán una pensión mínima de orfandad de 600 euros

Después de dos años de debate en el Congreso, por fin se ha logrado una reforma del plan de pensiones reclamado por la sociedad en general: los hijos menores de mujeres víctimas de violencia de género podrán cobrar pensión de orfandad aunque sus madres no hubieran cotizado.

Además, la reforma establece una cuantía mínima de 600 euros, frente a los 140 euros que se venían cobrando hasta ahora.

¿En qué consiste la proposición de ley?

El Congreso ha dado así luz verde ayer a un proyecto de ley en materia de igualdad que se ha alargado casi dos años, tras la revisión de las enmiendas del Senado.

Eleva la cuantía que recibirán los huérfanos por violencia de género y elimina los requisitos que provocaban que muchos menores no tuvieran derecho a una pensión.

Según señala la Fundación Anar, "solo en lo que va de año, 8 menores de edad han quedado huérfanos a causa de los asesinatos machistas", por lo que esta medida es muy necesaria.

La responsable del departamento jurídico del Teléfono ANAR, Sonsoles Bartolomé, destaca tres elementos importantes de esta reforma:

  • Que se eleva considerablemente la cuantía de la pensión a la que los huérfanos tenían derecho.

  • Que el acceso a esta pensión es automático y se desvincula de la necesidad de cotización.

  • Su carácter retroactivo.

¿Desde cuándo se aplica?

Desde el día de ayer, 21 de febrero, en que el Congreso de los Diputados sacó adelante la Proposición de Ley de mejora de la situación de orfandad de las hijas e hijos de víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra la mujer, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.

También afecta a quienes no la están cobrando porque antes no reunían los requisitos exigidos, ya que tiene efectos retroactivos al año 2004.

¿Requisitos para cobrarla?

La reforma acaba con los condicionantes que contempla la ley para recibir la pensión y que vinculan este derecho a la exigencia de que la madre hubiera cotizado 15 años o 500 días en un periodo ininterrumpido de los cinco años precedentes al asesinato, o que estuviera dada de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada, por ejemplo, en situación legal de desempleo o en excedencia por cuidado de hijos.

La pensión de orfandad se extenderá a aquellos casos en los que no haya otro progenitor, tal y como ocurre en los asesinatos por violencia de género en el seno de la pareja o expareja al entrar el asesino en la cárcel.

Los hijos afectados la recibirán hasta la mayoría de edad o, en el caso de que sigan estudiando, hasta los 25 años.

¿De qué depende la cuantía?

El proyecto de ley fija una prestación mínima de unos 600 euros para los hijos de víctimas que no hubieran cotizado o no cumplieran los requisitos mínimos, en lugar de los 140 euros actuales, que, para ANAR, “no cubren un mínimo vital”. Sonsoles Bartolomé explica la importancia de este paso ya que:

“Por el perfil de las víctimas, mujeres sometidas por su agresor a situaciones de aislamiento, con frecuencia se encontraban fuera del sistema general de cotización, por lo que los huérfanos se quedaban en una situación de desprotección grave”.

Esta subida es posible al pasar de percibir el menor el 52% de la base reguladora al 70% de la base de cotización de la madre.

En caso de que la mujer no hubiera cotizado, se calculará ese 70% en base al salario mínimo vigente.

Según explica El diario, este punto es el que más polémica ha suscitado ya que los grupos Unidos Podemos, En Comu Podem y En Marea han criticado el hecho de que los niños cobren menos que los hijos de mujeres que sí han cotizado e insisten en que "unas pensiones que dependen de lo que haya cobrado la madre no son una reparación del Estado, sino una limosna. ¿Qué culpa tiene el menor de que su madre fuera funcionaria o cajera de supermercado?".

Fotos | iStock

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