Cómo inscribir al recién nacido en el Registro Civil desde el hospital

La llegada del bebé implica tener que hacer una cantidad de trámites, pero desde el año 2015 los padres lo tienen un poco más fácil, ya que a partir de esa fecha se permite hacer la inscripción en el Registro Civil a través del hospital, sin tener que desplazarse.

Qué datos constan en la inscripción del recién nacido

  • Nombre que se da al nacido.
  • La hora, fecha y lugar de nacimiento. En los partos múltiples, de no conocerse la hora exacta de cada uno, constará la prioridad entre ellos o que no ha podido determinarse.
  • Si el nacido es varón o mujer.
  • Los padres, cuando legalmente conste la filiación y siempre que fuera posible, las siguientes circunstancias de los progenitores: nombre y apellidos, Documento Nacional de Identidad o Número de identificación y pasaporte del extranjero, en su caso, lugar y fecha de nacimiento, estado civil, domicilio y nacionalidad.
  • El número que se asigne en el legajo al parte o comprobación.
  • La hora de inscripción.

Quiénes pueden hacer la inscripción en hospitales

Se podrá inscribir al recién nacido en el hospital, clínica o centros de la red pública (y se espera que también en los de la red privada) en los siguientes casos:

  • En caso de matrimonio puede efectuar la solicitud cualquier persona que acredite documentalmente la existencia del matrimonio (con el libro de familia, por ejemplo). A falta de esta acreditación, pueden solicitarla ambos progenitores.
  • En caso de no existir matrimonio la solicitud deberán realizarla ambos progenitores, en caso de que el padre reconozca la filiación, o la madre u otro declarante, si solo se determina la filiación materna.

Qué documentos presentar

Para la inscripción del recién nacido los padres deberán aportar en el plazo de 72 horas desde el nacimiento:

  • DNI de los padres
  • Libro de familia o certificado de matrimonio, si falta la firma del padre o la madre en la solicitud.
  • Certificado de nacimiento (proporcionado por el hospital - Impreso amarillo)

Los padres tendrán un plazo de 72 horas para comunicar al hospital su intención de comunicación desde allí. Fuera de ese plazo, la familia sólo podrá hacerlo presencialmente en el registro en el plazo de 10 días.

El Centro Sanitario enviará al Registro Civil todos los documentos necesarios para practicar la inscripción de nacimiento por lo que no será necesario que los progenitores se desplacen al Registro Civil, excepto que haya algún error o se requiera documentación complementaria.

Una vez realizada la inscripción, los padres recibirán la certificación literal de nacimiento del Registro Civil por correo postal o por correo electrónico.

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