Así serán los menús escolares con la nueva ley: alimentos prohibidos y principales claves

Lola Rovati

El Consejo de Ministros ha aprobado hace pocos días el Real Decreto 315/2025, de Comedores Escolares Saludables y Sostenibles creado con el objetivo de mejorar la alimentación de los niños en los centros educativos, tanto públicos como privados, que ofrezcan servicios de comedor escolar.

La normal, que desarrolla la Ley 17/2011 de seguridad alimentaria y nutrición, contiene una serie de medidas y obligaciones que pretenden conseguir "una alimentación de calidad para niños y niñas independientemente de sus recursos o lugar de nacimiento".

Pablo Bustinduy, titular de Derechos Sociales y Agenda 2030, ha explicado que con ella se busca "impulsar el consumo diario de frutas y verduras frescas, de legumbres, de pescado, de carne de calidad, a la vez que limita los alimentos ultraprocesados, los preparados precocinados o el exceso de frituras, y elimina las bebidas azucaradas, las bebidas energéticas o la bollería industrial de las máquinas dispensadoras y de las cafeterías de los centros educativos".

Principales claves de la nueva ley de comedores escolares

Menús escolares más saludables

Más alimentos frescos y pescado, y menos frituras y carnes rojas. La oferta estará compuesta, fundamentalmente, por alimentos frescos, de temporada y de cercanía como: hortalizas, legumbres, cereales preferiblemente integrales, frutas, frutos secos y aceite de oliva, que incluya también un consumo moderado de fuentes de proteínas de origen animal como pescado, huevos, lácteos y carne, preferentemente de ave y conejo.

Al menos el 45 % de las raciones de frutas y hortalizas deberán ser de temporada y al menos el 5 % de producción ecológica y sostenible.

Explica además que los menús se deberán confeccionar en base a la frecuencia recomendada para los siguientes grupos de alimentos:

  • Primeros platos: hortalizas (1-2 raciones por semana), legumbres (1-2 raciones por semana), arroz (1 ración por semana), pasta (1 ración por semana).
  • Segundos platos: pescados (1-3 raciones por semana), huevos (1-2 raciones por semana); carnes (máximo tres raciones por semana) y platos cuya base sean alimentos que aporten proteína de origen vegetal (1-5 raciones por semana). En aquellos centros educativos que realicen una oferta de menú vegetariano, los cinco segundos platos se basarán en alimentos que aporten exclusivamente proteína vegetal.
  • Guarniciones: ensaladas variadas (3-4 raciones por semana), otras guarniciones como patatas, hortalizas, legumbres (1-2 raciones por semana).
  • Postres: frutas frescas (4-5 cinco raciones por semana), otros postres, preferentemente yogur y cuajada sin azúcar añadido, queso fresco (máximo una vez a la semana).
  • Otras medidas: agua como única bebida. Al menos dos veces a la semana se ofrecerá pan integral, al menos cuatro veces al mes el arroz o la pasta será integral. Se priorizará el pescado azul y blanco de forma alterna y se podrán incluir crustáceos y moluscos. Se primarán las ensaladas y guarnición de verdura fresca, frente a otras formas de presentación. Se prohibirá el consumo de frutos secos enteros en los menores de 6 años por el riesgo de asfixia. Las frituras se limitarán como máximo a una ración por semana. Platos precocinados como pizzas, canelones, croquetas, empanadillas, pescados o carnes rebozadas, análogos vegetales, entre otros, se limitará como máximo a una ración al mes. Sal yodada, de forma reducida.
  • Menús adaptados por motivos éticos o religiosos: al igual que se adaptan los menús por motivos médicos para aquellos niños con intolerancias o alergias.

Venta de alimentos y bebidas en el colegio

En cuanto a los alimentos y bebidas que se venden en las cafeterías o en las máquinas de vending de los centros, estos:

  • No podrán contener más de 200 calorías. Como máximo, el 35 % de sus calorías provenientes de grasa (máx. 7,8 g por porción), máximo 10 % de calorías de grasas saturadas (máx. 2,2 g por porción). No se permiten grasas trans, salvo las que están de forma natural en lácteos y carnes. Solo un 10 % de calorías pueden venir de azúcares añadidos (máx. 5 g por porción). Máximo 0,5 g de sal por porción.
  • Se priorizarán los productos vegetales, legumbres, cereales preferiblemente integrales, frutas, frutos secos, característicos de la dieta mediterránea, que incluya también un consumo moderado de fuentes de proteínas de origen animal como pescado, huevos, lácteos y carne, preferentemente de ave y conejo.

Educación nutricional para alumnos, profesores y familias

También se deberán incluir en el currículo escolar contenidos sobre nutrición que ayuden a fomentar hábitos saludables desde la infancia, así como realizar actividades prácticas, como huertos escolares y talleres de cocina saludable.

Se pretende que haya una mayor implicación de las familias y los docentes en decisiones sobre la alimentación en la escuela. Se quiere fomentar la creación de comisiones de comedor en los centros escolares que involucre a las  familias, profesorado y alumnado en la planificación y evaluación de los menús.

Habrá un control y seguimiento que evaluará que formará al personal y que se encargará de que se cumplen las normas.

¿Cuándo entrará en vigor?

El Real Decreto señala que entrará en vigor a los doce meses de su publicación en el BOE, es decir el 15 de abril de 2026, aunque establece un plazo de dos años para que los contratos de suministros de alimentos puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.

Imágenes | iStockphoto

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