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Trámites por nacimiento

DNI digital "Cero Año" para recién nacidos en Argentina

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DNI Digital Cero Año

Desde principios de 2012, los recién nacidos en Argentina pueden tener su Documento Nacional de Identidad “Cero Año”, que incluyen foto y huella digital del recien nacido y firma de la madre. Se trata de un sistema más moderno y seguro que asegurara el resguardo de la identidad de los recien nacidos.

Se deja atrás el viejo DNI manual, menos seguro, cambiándolo por este DNI tarjeta que surge tras la puesta en marcha del Nuevo Sistema de Identificacion Digital Cero Año, que empezó en el Hospital Interzonal General de Agudos “General San Martín” de la ciudad de La Plata.

Aquí ya funcionaba una delegación digital del Registro de Personas de la provincia de Buenos Aires y en aquellos hospitales con delegaciones de Registros Civiles toman los datos para tramitar el DNI del recién nacido en forma digital, gratuita, y en 15 días reciben el DNI en su domicilio.

Se tiene la intención de digitalizar todos los hospitales de la provincia de Buenos Aires para que cuando la familia se retire del hospital, lo haga con su partida de nacimiento y el tramite del DNI ya realizado.

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Solicitar o renovar el pasaporte de un bebé

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Pasaporte bebé

Si sois padres viajeros, seguramente no tardasteis demasiado en solicitar el pasaporte del bebé. Os explicamos cómo solicitar o renovar el pasaporte de un bebé o niño. Por suerte, ya existe a posibilidad de pedir cita previa a través de Internet o por teléfono, con lo cual el procedimiento se hace mucho más cómodo.

Los que solicitan el pasaporte deberán coger cita en la web citapreviadni.es o en el teléfono 902.247.364 antes de presentarse el día escogido en la oficina expendedora. Los Centros de Expedición del Pasaportes se hallan repartidos por la geografía española y sus horarios y tiempo de tramitación varian sensiblemente de unos a otros.

Se ha de dar el DNI de la persona que lo solicita (habitualmente el padre o la madre) y que acompañará al bebé o niño a sacarse el pasaporte: es imprescindible la presencia física de la persona a quien se le vaya a expedir. Además, hay que abonar la tasa legalmente establecida (25 euros el pasaporte ordinario) y la presentación de los siguientes documentos en el caso de menores de 14 años:

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Baby Papers, gestión de trámites por el nacimiento del bebé

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tramites-nacimiento-bebe

Cuando nace el bebé, además de atender al recién nacido, que es la parte bonita, hay que encargarse de realizar una serie de trámites administrativos, que es la parte menos agradable. Para evitar los engorrosos trámites y poder dedicarse por completo al cuidado del bebé existen soluciones como Baby Papers, una empresa dedicada a la gestión de trámites por el nacimiento del bebé.

Se encargan de los trámites obligatorios que hay que hacer en los días siguientes al nacimiento del bebé como la inscripción en el Registro Civil, empadronamiento, alta en la Seguridad Social, y baja por maternidad y paternidad, entre otros.

Cuando nace el bebé se ocupan de recoger en casa o en la maternidad todos los datos y documentos necesarios, incluida una autorización firmada por los padres para poder ejercer de representantes legales.

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Un funcionario del Registro Civil decidirá el orden de los apellidos del bebé si los padres no se ponen de acuerdo

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Desde que se dio a conocer que se acabaría la preferencia del apellido paterno en los recién nacidos y que serían los padres quienes deberían acordar el orden de los apellidos, se han barajado una serie de fórmulas para resolver qué apellido iría en primer lugar cuando no se llegara a un acuerdo.

Hoy hemos conocido la resolución de la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados que determina que será un funcionario del Registro Civil quien decidirá el orden de los apellidos del bebé si los padres no se ponen de acuerdo.

No será el orden alfabético, ni el azar, ni poner en primer lugar el apellido menos frecuente, soluciones que habían sugerido los grupos parlamentarios, sino el “buen criterio” del funcionario quien determinará el orden de los apellidos si los padres no son capaces de resolverlo al momento de la inscripción.

En la mayoría de los casos se prevé que habrá acuerdo y que aquellos en los que haya que aplicar la solución del funcionario serán mínimos. Pero seguro que los habrá.

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DNI y pasaporte para el bebé: qué documentos necesitamos

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DNI-Pasaporte-menores

A raíz de una de las preguntas que habéis dejado en nuestra nueva sección de Respuestas sobre la tramitación del DNI y el pasaporte para el bebé, detallaremos qué documentos necesitamos para realizar ambos trámites.

En primer lugar, hay que aclarar que la tramitación del DNI no es obligatoria para los menores de catorce años, mientras que el pasaporte es el documento que acredita la identidad fuera de España.

Tanto para tramitar el DNI como el pasaporte hay que pedir cita previa. A dicha cita debe acudir el niño (salvo enfermedad crónica o incapacidad) acompañado de la persona que ejerza la patria potestad o la tutela. Aunque si son muy bebés no les toman ni la huella, como nos comenta vickitoria, sí que corroboran que el bebé sea el mismo que el de la foto.

El primer trámite que debéis realizar después del nacimiento es inscribir al niño en el Registro Civil. Esta inscripción es un paso previo necesario para la tramitación del DNI y en caso de no tener DNI, también para el pasaporte, ya que es uno de los documentos que se deben aportar.

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Los padres deberán acordar el orden de los apellidos del bebé

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De aprobarse una nueva ley del Registro Civil, aprobada en Consejo de Ministros y a la espera de ser tramitada en el Congreso, los padres deberán acordar el orden de los apellidos del bebé.

Hasta el momento, cuando se inscribe a un recién nacido el apellido del padre tiene prevalencia sobre el de la madre, aunque también se puede solicitar invertir el orden si los padres así lo desean, o el hijo siendo mayor de edad, previo peregrinaje burocrático.

Sin embargo, una controvertida reforma que entraría en vigor dentro de dos años si la ley se aprueba sin cambios elimina la preferencia del apellido paterno en los recién nacidos.

Los padres tendrán que decidir el orden de los apellidos que llevará el niño, y si no hubiese acuerdo, se decidirán por orden alfabético, un punto bastante polémico, sin duda.

Qué dice la nueva ley


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Se podrá inscribir a los hijos nacidos de un vientre de alquiler

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Si bien la maternidad subrogada no está permitida en España, una nueva instrucción dictada por el Ministerio de Justicia permitirá a los padres inscribir a sus hijos nacidos de un vientre de alquiler en el extranjero.

Hasta el momento dicha posibilidad no estaba contemplada legalmente ocasionando situaciones realmente rocambolescas como que el niño figurara como extranjero. Pero con esta resolución, los niños nacidos de una madre de alquiler con al menos un progenitor español podrán ser ciudadanos de pleno derecho.

Como condición para poder inscribir al bebé como su hijo en el Registro Civil, los padres deberán presentar una resolución judicial expedida en el país de origen que reconozca el vínculo con el niño y que la madre de alquiler que gestó al niño está de acuerdo. Es decir, que certifique la legalidad del proceso.

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Trámites por nacimiento de un hijo: cheque bebé de 2.500 euros

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Continuamos con nuestra guía de trámites por nacimiento de un hijo. Los trámites son la parte menos agradable de convertirse en padres, pero son obligatorios y necesarios, sobre todo cuando se trata de una ayuda económica como es la prestación por nacimiento o adopción de un hijo, más conocida como cheque bebé de 2.500 euros.

Aunque la prestación ha sido eliminada por el gobierno para los niños nacidos a partir del 1 de enero de 2011, quienes sean padres antes de fin de año podrán seguir solicitándola. Veamos cuáles son los trámites a seguir.

Una vez que ha sido inscrito el nacimiento o la adopción del bebé en el Registro Civil se puede solicitar la deducción por maternidad de 2.500 euros en la Agencia Tributaria.

Es una prestación económica no contributiva de pago único que tiene por objeto compensar, en parte, los gastos que ocasiona la llegada de un nuevo hijo a la familia.

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Trámites por nacimiento de un hijo: asistencia sanitaria

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Uno de las primeros trámites que tenemos que hacer tras el nacimiento del bebé, junto con la inscripción en el Registro Civil, es solicitar la asistencia sanitaria.

Entre el cuarto y el octavo día de vida hay que llevar al bebé al Centro de Salud a que le hagan la segunda prueba del talón (la primera se le hace a las 48 horas en el hospital) y los primeros chequeos después del nacimiento. Para ello deberá ser dado de alta en este sistema como beneficiario.

La asistencia sanitaria consiste en la prestación de los servicios médicos y farmacéuticos para el titular y sus familiares a cargo.

El trámite para dar de alta como benficiario al bebé se hace en las oficinas del Instituto de la Seguridad Social (INSS) y es necesario presentar:

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Trámites por nacimiento de un hijo: inscripción en el Registro Civil

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Tras el nacimiento del bebé llega el momento de volver a casa y dedicarse a su cuidado, pero también de ocuparse del papeleo correspondiente. Generalmente se suele encargar el padre, quien aprovecha los días de baja por paternidad para hacerlo, en ocasiones le acompañan la madre, si está recuperada, y el bebé, quien da sus primeros paseos.

Los trámites por nacimiento de un hijo son la parte menos agradable de convertirse en padres, pero son una obligación legal, así que lo más recomendable es estar preparado y saber de antemano lo que tendremos que hacer cuando nazca el bebé. El primer paso es la inscripción del bebé en Registro Civil.

Inscribir al bebé en el Registro Civil es importante para dejar constancia de su nacimiento, pero también para que quede reconocida su personalidad jurídica. Quedará asentado el nombre que se le da al niño, fecha, hora y lugar de nacimiento, el sexo del bebé y quiénes son sus padres.

Para la inscripción del niño en el Registro Civil es necesario:

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