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Novedosa sentencia defiende a la trabajadora aunque no hubiera notificado de su embarazo

El Tribunal Constitucional ha dado un paso más en la defensa de la mujer trabajadora con una sentencia ejemplar que ayudará a sentar precedente.
Hasta ahora, la mujer embarazada debía poner en conocimiento a los empresarios sobre su estado para que la lay pudiese determinar en el caso de despido si existió o no lesión a un derecho fundamental.
Sin embargo, esta sentencia es novedosa pues el Tribunal cree que no era necesario que la trabajadora notificara su estado. Al momento de despedirla la mujer estaba de cuatro meses, su tripa era evidente y según comenta, todos en la empresa sabían de su embarazo.
La mujer trabajaba de administrativa en la Asociación Provincal del Metal de Badajoz. Recibió una carta de despido improcedente y acudió a la justicia para pedir la nulidad de su despido por considerarlo discriminatorio.
Se permite a una madre a elegir su horario laboral para poder atender a sus hijos
Ayer ha salido a la luz una noticia sobre el caso de una madre trabajadora que debería sentar precedente, aunque es lamentable que haya tenido que embarcarse en procesos judiciales para conseguirlo.
Ya nos habló Eva hace unos meses de un caso casi idéntico, pero en esta ocasión se trata de una moza de almacén, madre de dos niños de 3 años y 8 meses quien trabajaba a jornada completa horario partido de 8 a 13,30 horas y de 16 a 19 horas.
Solicitó a la empresa cambiar su turno de trabajo por un horario que le permitiera conciliar su vida familiar y laboral, pero le fue denegado.
Por eso, ha presentado una demanda y el juez ha reconocido su derecho a elegir una jornada horario laboral en turno de mañana de 6 a 14,30 horas para poder atender a sus hijos el resto del día.
Sentencia a favor de la conciliación laboral-familiar

Aunque, como siempre decimos, aún queda mucho camino por recorrer para que la conciliación de la vida laboral y la vida familiar sea un hecho implantado con naturalidad en nuestra sociedad, ésta es una buena noticia al respecto. Un juez ha dado la razón a una madre trabajadora que demandaba elegir un horario distinto de los turnos establecidos por su empresa.
Así, esta mujer podrá atender a sus 2 hijos, menores de 8 años, antes y después del colegio. Un juzgado de Barcelona ha hecho una nueva interpretación de la ley del estatuto de los trabajadores, que reconoce el derecho a elegir el horario de trabajo por paternidad, concediendo a la madre la posibilidad de elegir el horario que más le convenga, sin tener en cuenta los turnos de trabajo fijados por la empresa.
Pude ver esta noticia ayer por televisión, y fue bastante penoso y claro índice de los enormes obstáculos que aún quedan por superar el ver a la mujer cómo decía que si en la empresa le iban a hacer la vida imposible, a ella le daba igual, no se iba a ir, no la iban a echar de ninguna manera.
El embarazo es la primera causa de despido entre las mujeres
Es una vergüenza que por un lado nos rasguemos las vestiduras por los bajos índices de natalidad en España mientras que por el otro salgan a la luz noticias como que el 90% de las jóvenes embarazadas sufren mobbing maternal en España.
El mobbing maternal o acoso maternal es la discriminación que sufre en el trabajo la mujer embarazada. Cuando para una mujer la noticia del embarazo es la mayor alegría, en el mundo laboral es la peor de las noticias.
Los datos provienen del informe anual realizado por la Fundación Madrina, una asociación que brinda asistencia a jóvenes y adolescentes embarazadas sin recursos y en riesgo de exclusión social, violencia o abuso, que son quienes más perjudicadas se ven en estos casos.
El estudio también reveló que un 25% de las trabajadoras embarazadas de entre 18-25 años son despedidas, lo cual es indignante pero es la cruda realidad.
A ver si el Gobierno toma cartas en el asunto de una vez y más que ayudas de 2.500 euros toma medidas realmente efectivas para solucionar este problema, hay que ponerles las cosas más fáciles a las mujeres que quieren tener hijos.
Cuándo van a entender las empresas que las mujeres rendimos más cuando estamos felices y que el embarazo no es impedimento para el trabajo, sino todo lo contrario, que es una inversión.
Aceptada la indemnización por daños morales en un despido improcedente por embarazo
Un despido por embarazo es una situación discriminatoria que puede producir daños morales en la mujer que lo sufre, seguramente más de un lector estará de acuerdo con esta opinión. No hace mucho se ha producido una sentencia en el Tribunal Constitucional en la que se aceptan los daños morales y se obliga a la empresa que despidió a una mujer embarazada a indemnizarla. Sin embargo, esta pequeña victoria ha tenido un largo camino iniciado en el año 2001 por los diversos tribunales de nuestro país.
Como siempre ocurre, la empresa despidió a una trabajadora al saber que estaba embarazada, por lo que sin dudarlo, la trabajadora demandó a la empresa por este proceder ante el juzgado de lo Social solicitando una indemnización por daños morales. Se trataba de un primer paso en la que la despedida logró la nulidad del despido pero no la indemnización. No estando de acuerdo con la sentencia, la trabajadora se propuso lograr que se aceptaran los daños morales y por ello recurrió al Tribunal Supremo interponiendo un recurso a la sentencia anterior aunque fue desestimada.
Mobbing maternal, también con fertilización in vitro
Sabemos que lamentablemente se siguen dando muchos casos de despidos en mujeres embarazadas o en aquellas que planean serlo.
Del último que se ha sabido es el de una mujer austríaca que se encontraba sometida a un proceso de fertilización “in vitro”, quien fue despedida dos días después de comunicar que se le iban a implantar los embriones.
Las leyes europeas prohíben despedir a una mujer trabajadora desde que queda embarazada hasta que acaba el permiso de maternidad por ser obviamente discriminatorio. ¿Pero qué sucede en el caso de las mujeres que se encuentran bajo tratamientos de fecundación artificiales?
Según el abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, este no es el caso pues “técnicamente” la mujer no estaba aún embarazada a efectos legales.
Desde mi punto de vista es un claro caso de mobbing maternal. Si bien todavía no estaban los embriones implantados, ella ha manifestado que en pocos días estaría embarazada, cosa que las mujeres que quedan embarazadas por el método natural no puede saber. Para mí, en este caso, estar embarazada o comunicar que en pocos días lo estará es exactamente lo mismo.
No más despidos por embarazo
De vez en cuando conocemos un nuevo caso en el que una mujer ha sido despedida del trabajo por estar embarazada, claro, que son algunos casos en los que las futuras mamás se han decidido a denunciar la situación. Basta, no más despidos por embarazo, todavía hoy existen casos que no son denunciados, pero por fortuna se trata de una situación que remite velozmente y más cuando conocemos noticias como la que os contamos a continuación.
Un juez de Ourense ha anulado un despido improcedente realizado a una mujer embarazada, estaba a punto de traer al mundo a su hijo. Al parecer, la futura mamá tuvo que coger la baja, como ya sabemos en algunas ocasiones y dependiendo de la mujer, es necesario guardar reposo durante el embarazo no pudiendo desempeñar la función laboral. La empresa posteriormente decidió despedirla.
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