El 31 de diciembre finaliza el plazo para renovar el bono eléctrico y beneficiarse del bono térmico, y las familias numerosas pueden solicitarlo

El 31 de diciembre finaliza el plazo para renovar el bono eléctrico y beneficiarse del bono térmico, y las familias numerosas pueden solicitarlo
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El próximo 31 de diciembre finaliza el plazo para solicitar la ampliación del bono social de ayuda a la electricidad para todas aquellas personas que ya eran beneficiarias antes del 7 de octubre de 2017. Entre ellas, familias numerosas sin restricciones de renta y familias con pocos recursos.

Además, quienes dispongan de este bono se beneficiarán también de una ayuda directa a la calefacción y al agua caliente.

Aún estás a tiempo de cumplementar los trámites antes del lunes, si no quieres perderlo. Descubre si tienes derecho, en qué te beneficia y qué trámites tienes que realizar.

Requisitos para acceder al bono social

Para acceder al bono social o descuento en la factura eléctrica, es imprescindible que nuestra tarifa de electricidad esté acogida al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), según explica la Comunidad de Madrid y que es válido para toda España.

Si no se renueva, se pierde el derecho, según establece el Real Decreto 8/10/2017, que regula las nuevas condiciones del Bono Social de la luz que supone descuentos en el consumo de luz del 25% al 50% y que se aplicarán en función de la renta y de la situación familiar.

Tendrán una rebaja del 25%:

  • Personas sin hijos con ingresos anuales inferiores a 11.300 euros.

  • Familias con dos hijos e ingresos anuales inferiores a 19.000 euros.

  • Familias numerosas con independencia del número de hijos.

Tendrán una rebaja del 40%:

  • Minusválidos, víctimas de violencia machista o terrorismo

  • Personas sin hijos con ingresos anuales inferiores a 7.000 euros.

  • Familias con dos hijos e ingresos anuales inferiores a 9.000 euros.

  • Familias numerosas con ingresos anuales inferiores a 15.000 euros.

Tendrán una rebaja del 50%:

  • Personas que reciban ayuda de los servicios sociales

No toda la factura tiene descuentos

El descuento no se aplica sobre toda la energía consumida, sino que el Gobierno ha establecido unos topes de gasto. El consumo que supere ese tope ya no tiene ningún tipo de descuento. El Real Decreto urgente aprobado en octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, aumentó las cantidades en un 15 por ciento. Ahora:

  • Unidad familiar sin menores: 1.380 kw/h

  • Unidad familiar con hijo menor: 1.932 Kw/h

  • Unidad familiar con dos hijos menores: 2.346 kw/h

  • Familias numerosas: 4.140 kw/h

¿Cómo funciona el bono social?

  • El descuento se aplicará desde el día en que se reciba la solicitud.

  • El tope se divide entre el número de días facturados, por lo que una familia numerosa solo recibiría descuento sobre 345 kilowatios al mes. Pero si un mes no llega a ese tope, se acumula la energía no consumida con derecho a descuento en los meses siguientes. Es decir, que el gasto de energía se prorrogatea entre los 12 meses del año.

  • El bono durará dos años si si se mantienen los requisitos. En caso de vencimiento, la compañía eléctrica tiene que comunicar su vencimiento al consumidor al menos quince días antes para que pueda renovarlo por dos años más y así sucesivamente.

  • Para las familias numerosas estará activo mientras siga vigente el título oficial de la Comunidad que la reconoce.

¿Cómo se tramita?

Las familias que ya han renovado o pedido el bono social de la luz después de octubre de 2017 no tendrán que realizar trámite alguno.

Sí deben renovarlo quienes lo tengan concedido antes de esta fecha o quienes lo soliciten por primera vez (estos últimos sin límite de tiempo).

La solicitud del bono social deberá hacerse según el modelo establecido en la normativa y podrá realizarse poniéndose en contacto con la compañía de la luz:

  • Por teléfono, a través del número disponible en su página web. Este número será publicado también en la página web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

  • En sus oficinas, entregándole al consumidor documento justificativo de la solicitud.

  • Por fax, correo postal o a través de la dirección de correo electrónico facilitada en su página web y en su factura. Debiendo remitir confirmación de la recepción del email.

  • A través de su página web.

La solicitud deberá ir acompañada de la documentación acreditativa pertinente:

  • Fotocopia del DNI.

  • Libro de familia.

  • Título en vigor de familia numerosa, si procede.

  • Certificado o documento acreditativo expedido por los servicios sociales de su Comunidad Autónoma, en caso de pertenecer a alguno de los supuestos de circunstancias especiales (discapacidad, ayudas sociales..).

¿Cómo funciona el bono social térmico?

Calefaccion

El Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre 'de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores', también estableció un bono social térmico para contribuir a costear los gastos de la calefacción y el agua caliente.

El nuevo bono social térmico es una ayuda directa con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, con el objetivo de aliviar la factura de la energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina.

El Ministerio para la Transición Ecológica lo deja claro en un comunicado:

"Superada esta fecha (31 de diciembre), los consumidores podrán seguir solicitando el bono social eléctrico en cualquier momento (si es la primera vez que lo hace), pero ya no tendrán acceso al bono térmico –contemplado como una ayuda urgente para este invierno recogida en el Real Decreto-ley 15/2018- y deberán esperar a las nuevas medidas que para estos fines defina la Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética".

Se beneficiarán del bono social térmico todas las personas que el 31 de diciembre ya cuenten con el bono social de la luz o que lo hayan solicitado enviando la documentación necesaria y cumplan las condiciones, sin necesidad de realizar trámites extra.

Entre ellas, todas las familias numerosas, porque no se establecen requisitos de renta.

La ayuda se abonará mediante un pago único anual que se ingresará en el primer trimestre del año, a modo de cheque directo que el Ministerio para la Transición Ecológica hará llegar a las familias beneficiarias.

La cuantía a percibir irá en función del grado de vulnerabilidad del consumidor y de la zona climática a la que pertenezca la vivienda. Como mínimo, cada beneficiario recibirá 25 euros.

Fotos | Pixabay

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