Frente a una máquina expendedora saludable sí podríamos decirles a los niños que elijan lo que quieran

Frente a una máquina expendedora saludable sí podríamos decirles a los niños que elijan lo que quieran
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Cuando en ocasiones nos hemos encontrado en la necesidad de tomar un tentempié en un momento no previsto y hemos acudido a las máquinas expendedoras, hemos encontrado dificultades para escoger algún producto que no fuera demasiado dulce, demasiado salado, con demasiadas grasas trans... Si las máquinas expendedoras fueran más saludables, podríamos decirles a nuestros hijos que escogieran lo que desearan.

Pero, ¿cómo sería esta máquina ideal que velara por nuestra salud? La Organización Mundial de la Salud reconoce probada la relación entre obesidad y consumo elevado de alimentos altamente energéticos y pobres en nutrientes, por lo que habría que limitar su consumo: refrescos, caramelos, golosinas, polos y sorbetes, chocolates y aperitivos salados industriales...

En concreto, según el "Documento de consenso sobre la alimentación en los centros educativos" elaborado dentro de la estrategia NAOS del Gobierno de España, siguiendo el criterio de limitar el contenido de grasas, azúcares y sal, los restantes alimentos y bebidas distribuidos en los centros educativos deberán cumplir los siguientes criterios nutricionales por porción envasada o comercializada:

  • Un valor energético máximo de 200 kilocalorías.
  • El 35%, como máximo, de las kilocalorías procederán de la grasa. Para una porción con menos de 200 kilocalorías, esto equivale a un contenido máximo de 7,8 gramos de grasas (este límite no se aplicará a la leche entera y yogures ni a los frutos secos sin grasas añadidas ya que se trata de grasa naturalmente presente en ellos, y son alimentos que tienen un gran interés nutricional que no debe desaprovecharse en los escolares).
  • El 10%, como máximo, de las kilocalorías procederán de las grasas saturadas. Para una porción de 200 kilocalorías, esto equivale a un contenido máximo de 2,2 gramos de grasas saturadas (se hace la misma observación del punto anterior).
  • Ausencia de ácidos grasos trans, excepto los presentes de forma natural en productos lácteos y cárnicos.
  • El 30%, como máximo, de las kilocalorías procederán de los azúcares totales. Para una porción de 200 kilocalorías, esto equivale a un contenido máximo de 15 gramos de azúcares. Este límite no se aplicará a las frutas y hortalizas, enteras o mínimamente procesadas, los zumos de frutas y zumos de frutas a base de concentrados que no contengan azúcares añadidos, ya que se trata de azúcares naturalmente presentes en los alimentos. En la leche y productos lácteos no se contabilizará Tampoco el azúcar naturalmente presente (lactosa, aproximadamente corresponde a 4,8 g/100ml.).
  • Un máximo de 0,5 g de sal (0,2 g de sodio).
  • No contendrán edulcorantes artificiales.
  • No contendrán cafeína u otras sustancias estimulantes, excepto las presentes de forma natural en el cacao.

Estos criterios persiguen promover el consumo de alimentos y bebidas considerados saludables entre los estudiantes (frutas, hortalizas y productos ricos en calcio y fibra) y limitar el consumo abusivo de determinados nutrientes para evitar que se superen las ingestas diarias recomendadas.

Máquina expendedora ideal para niños

¿Qué lleva una máquina expendedora saludable?

Según la Federación Española de Sociedades de Nutrición, Alimentación y Dietética (FESNAD), basándose en criterios internacionales acerca del alto contenido en grasas, azúcares o sal en los alimentos, estos son los alimentos que pueden estar en una máquina expendedora saludable:

  • Aguas envasadas, las variedades reconocidas por la legislación. No se consideran aguas aquellas que contienen agentes aromáticos y/o edulcorantes, incluidas en la categoría de bebidas refrescantes. No obstante, se recomienda que el acceso sea gratuito a partir de fuentes o expendedores de agua.

  • Leche en cualquiera de sus presentaciones (entera, desnatada y semidesnatada) y formas de conservación.

  • Productos lácteos (leches fermentadas, yogures, batidos de leche, etc.) elaborados a partir de leche entera, desnatada o semidesnatada, que no contengan más de 12,3 g de azúcar/100 ml (4,8 g lactosa + 7,5 g de azúcares añadidos) o 24,6 g de azúcar por envase de 200 ml (9,6 g de lactosa + 15 g de azúcares añadidos).

  • Quesos con poco contenido en grasa y que no superen el límite establecido para la sal.

  • Frutas frescas, enteras o mínimamente procesadas, que no contengan azúcares añadidos.

  • Zumos de fruta y zumos de fruta a base de concentrado que no contengan azúcares añadidos. No se incluyen los néctares de frutas ni las bebidas mixtas de frutas y leche por la incorporación de azúcares añadidos o edulcorantes artificiales en estos productos.

  • Bebidas a base de hortalizas que contengan, al menos, un 50% de hortalizas y sin azúcares añadidos o edulcorantes artificiales.

  • Cereales de desayuno y barritas de cereales siempre que cumplan los criterios establecidos para grasas, azúcares y sal.

  • Galletas y bollería, cuando cumplan los criterios establecidos para el contenido en grasas, especialmente saturadas, y azúcares.

  • Frutos secos que no contengan azúcares ni grasas añadidas (ni fritos, ni tostados con aceite) y cuyo contenido en sal no supere el límite establecido. Deberán presentarse en un tamaño de envase adecuado para no exceder el valor energético máximo.

  • Helados, preferentemente elaborados con leche, siempre que cumplan los criterios establecidos para grasas y azúcares.

  • Sándwiches, siempre que cumplan los criterios establecidos para grasas, sal y azúcares.

  • Bocadillos, preferiblemente elaborados con pan integral. La mayoría se preparan en el punto de venta y, por ello, no llevan etiqueta, pero al estar compuestos mayoritariamente por pan, en principio no ofrecen un aporte excesivo de grasas, azúcares y sal.

  • Productos de panadería (colines, tostadas, etc.) siempre que cumplan los criterios establecidos para grasas, azúcares y sal.

La exclusión de los alimentos y bebidas con escaso valor nutricional de los centros educativos (no solo en máquinas, también en el menú del comedor o en cantinas en los centros que tengan) está plenamente justificada y podría extenderse a otras máquinas en lugares como hospitales, aeropuertos... Seguro que entre la oferta hay algo que los niños prefieran y que no sea perjudicial para su salud.

Vía | NAOS
Fotos | iStock y Emran Kassim en Flickr-CC
En Bebés y más | El comedor escolar, mucho más que vigilar que los niños coman, Las máquinas expendedoras pueden y deben ser más sanas

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